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Cómo debe ser un contrato de alquiler

Hace unos años me mudé a una nueva ciudad y encontré un piso en alquiler perfecto en cuanto a ubicación y precio. Era exactamente lo que estaba buscando. Sin embargo, en el momento de firmar el contrato, la dueña, que era una particular que alquilaba su piso por primera vez trajo un contrato que no me presentó ninguna seguridad. Al leer el contrato de alquiler en el documento sólo figuraban nuestros datos, la cantidad mensual a abonar e información sobre la vivienda, ni si quiera se establecía la duración del contrato. Le dije que ese documento no me transmitía seguridad como inquilina y que debía añadir algunas partes como hasta cuándo estaba vigente el contrato y que ella se hacía cargo de los gastos de comunidad y de agua, tal y como me había comentado de manera oral. En este caso el error fue por desconocimiento y porque estaba alquilando su piso por primera vez y sin ayuda de profesionales, ni con abogados ni con una inmobiliaria. Y sin ningún inconveniente añadió todos los datos que faltaban.

Por lo que si te encuentras en una situación similar a la de esta propietaria en este artículo vamos a explicarte cómo debe ser un contrato de alquiler y todos los aspectos que debe contemplar. Unos aspectos básicos para transmitir seguridad a los inquilinos, pero también para evitarte problemas en el futuro como propietario.

También deberías saber que existen formularios estándar que puedes encontrar fácilmente en Internet o incluso comprar en estancos o copisterías. Sin embargo, redactar tu propio contrato de alquiler con las cláusulas que desees te aportará mayor seguridad. Y si necesitas ayuda profesional puedes pedir consejo a un abogado experto en Derecho Inmobiliario. “Dentro de esta rama del derecho los profesionales nos encargamos de la redacción y formalización de contratos de alquiler, pero también de las reclamaciones de rentas y los procesos de desahucio”, explican desde el Bufete Albanés y Asociados, un bufete de prestigio en Madrid que entre todos sus servicios se encuentra el Derecho Inmobiliario.

Aspectos básicos con los que debe contar un contrato de alquiler

Vamos a descubrir los aspectos básicos con los que debería contar un buen contrato de alquiler.

  • Lugar y fecha de la firma

El lugar y la fecha de la firma del contrato es un aspecto básico que debe contar el contrato. Es decir, se debe añadir el día y la ciudad en la que se está formalizando la relación contractual entre las partes.

  • Datos del arrendador y del arrendatario

En el contrato se deben especificar bien las partes que firman el contrato, es decir, el arrendador y el arrendatario o arrendatarios. Se deben indicar datos de cada una de las partes como sus nombres completos, sus DNI, los teléfonos de contacto, el correo electrónico o la dirección de la vivienda habitual. También sería conveniente aportar una fotocopia del DNI.

  • Datos de la vivienda

Se debe determinar bien el objeto del contrato de arrendamiento, es decir, la propia vivienda a alquilar. Hay que señalar la dirección, pero también los metros cuadrados, la referencia catastral o incluso el mobiliario con el que se entrega el piso o casa. Esta cuestión es muy importante para posteriormente cuando se finalice el contrato comprobar que se entrega la vivienda tal y como se entregó en su día. Por ejemplo, pongamos que la vivienda se entrega con microondas, pero tras la finalización del contrato el propietario aprecia que falta este electrodoméstico, por lo que podrá sin ningún tipo de problemas restar el valor del mismo en la devolución de la fianza.

  • Duración del contrato

En el contrato se debe establecer la duración del mismo, es decir, el número de meses de duración y cuándo entra en vigor. Lo habitual es que la duración sea de un año, pero se puede establecer la duración que se desee, siempre y cuando las dos partes estén de acuerdo.

  • Renta y forma de pago

La cantidad mensual a abonar por parte de los inquilinos debe quedar reflejada. Pero también en el contrato se debe establecer la forma de pago, que normalmente suele ser en mano o a través de transferencia bancaria. En el caso de la segunda opción en el contrato el propietario debería indicar el número de cuenta en el que desea que le realicen los pagos.

También es conveniente añadir el día o periodo en el que se deben realizar los pagos. Por ejemplo, el pago del alquiler deberá efectuarse entre el día 1 y 15 de cada mes. E incluso se puede establecer cómo proceder en caso de impago del alquiler o cuando el pago se realice pasada la fecha fijada.

  • Fianza

La fianza es una garantía que el arrendatario entrega al arrendador para garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento y que será devuelta por el arrendador una vez se dé concluido el contrato y se hayan cumplido las cláusulas o no se presenten desperfectos.

La cuantía de la fianza debe quedar reflejada de manera clara en el contrato. Normalmente suele ser de una mensualidad o de dos.

También hay que señalar sobre la fianza que, en algunas comunidades, como en Andalucía, es obligatorio depositarla en el órgano administrativo correspondiente. Por ejemplo, en Andalucía la fianza se debe depositar en la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Una obligación que tal y como informan desde este organismo “corresponde al arrendador y subarrendador de fincas urbanas”, así como el incumplimiento de la obligación de depositar la fianza “dará lugar a las sanciones correspondientes contempladas en la Ley 8/1997, de 23 de diciembre”.

  • Renovación

En caso de que las dos partes quieran continuar con el contrato, se puede establecer la renovación automática o indicar que la renovación del contrato será de un año.

Estos son los aspectos básicos con los que debe contar un contrato de alquiler de vivienda. Sin embargo, como hemos señalado con anterioridad se pueden establecer cláusulas personalizadas en función de las necesidades del arrendador.

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