La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que confirma que una vivienda reúne las condiciones para vivir en ella, basándose en su salubridad, higiene, solidez o tamaño. Pero estas condiciones dependerán de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda y del año de construcción. Las condiciones mínimas de habitabilidad están reflejadas en la Orden del 29 de febrero de 1944.
Este documento nos será útil para dar de alta servicios de suministros como la luz, el agua o el gas. La cédula de habitabilidad es fundamental para proceder a la compra o la venta de una vivienda. Aunque tiene una vigencia determinada dependiendo de la comunidad autónoma, en general, suele ser de 15 años. La cédula de habitabilidad debe contener el número de habitaciones y espacios que conforman el interior de la vivienda, el umbral máximo de ocupación, la dirección y ubicación de la vivienda, la identificación del técnico que ha llevado a cabo el documento y la superficie útil de la propiedad.
Un arquitecto colegiado se encargará de tramitar la cédula de habitabilidad, ya que el arquitecto revisará la vivienda para comprobar si reúne los requisitos mínimos exigidos. Después, emitirá un certificado que visará el Colegio de Arquitectos y dicho documento será presentado a la autoridad competente para que expida la cédula de habitabilidad. El trámite para obtener una cédula de habitabilidad puede tardar hasta tres meses. Desde el diario idealista explican que «si, además, el equipo técnico encuentra fallos o errores, es posible que debas realizar obras que retrasen la obtención de tu certificado».
Cuando el documento original no se encuentra en vigor o se ha perdido, se debe pedir un duplicado y el propietario de la vivienda debe presentar la escritura de compraventa y DNI. El inquilino también puede pedir ese duplicado pero debe aportar el contrato de arrendamiento vigente, el DNI y los tres últimos pagos recibidos de suministro de agua o luz. También es necesario renovar la cédula siempre que se realicen obras de rehabilitación, independientemente de que el documento no haya caducado.
Los profesionales de elemar ingenieros, especialistas en el ámbito de las instalaciones urbanísticas e industriales y
en llevar a cabo los trámites administrativos para tramitar la cédula de habitabilidad, nos explican los requisitos para obtener este documento administrativo:
-La vivienda debe tener como mínimo una superficie útil de 36 metros cuadrados y disponer de una fachada abierta al espacio exterior.
-Tiene que tener una sala de estar, un comedor, una cámara higiénica y un equipo de cocina.
-La vivienda deberá disponer de servicio de agua fría y caliente, y evacuación de aguas y electricidad.
-Debe tener un equipo higiénico formado, como mínimo, por un lavamanos, un váter y una ducha.
-Si tiene dos o más pisos o niveles, debe tener practicable el acceso a la cámara higiénica, la cocina, el espacio de uso común y una habitación.
-Deberá cumplir la normativa vigente de eficiencia energética.
-Las puertas de acceso a los espacios internos deben tener una anchura mínima de 0,70 metros y una altura mínima de 2 metros.
-La superficie mínima del conjunto de espacios que forman la zona de uso común ha de ser superior a 20 metros cuadrados.
-La anchura mínima de las escaleras interiores de la vivienda serán de 0,90 metros y deberán disponer de baranda de 0,90 metros de altura mínima.
-La altura mínima entre el pavimento y el techo será de 2,50 metros.
-La habitación mínima será de 6 metros cuadrados.
-Las habitaciones deberán tener ventilación e iluminación natural directa del exterior.
-Si la vivienda tiene hasta 3 habitaciones deberá tener como mínimo un váter, un lavamanos y un plato de ducha/bañera.
-La propiedad deberá disponer de un sistema de extracción de humos, un sistema electrónico que facilite la apertura de la puerta del edificio, un desagüe, un aparato de cocción y un sistema de acceso a los servicios de telecomunicaciones.
Tipos de cédulas de habitabilidad
Existen tres tipos de cédulas de habitabilidad en función de la antigüedad del inmueble:
–Cédula de primera ocupación: es aquella que se emite a viviendas de nueva construcción. Es la licencia de habitabilidad que entrega el Ayuntamiento al promotor del inmueble.
–Cédula de segunda ocupación: esta cédula se destina a aquellas viviendas que ya existen y que han sido habitadas anteriormente.
–Cédula de primera ocupación de rehabilitación: este documento se otorga a viviendas en las que se ha realizado una reforma relevante.
Si queremos vender o alquilar la vivienda, es importante tener este documento administrativo para demostrar que la casa cumple las exigencias legales de salubridad, higiene y solidez.